Autor: Guillermo Vicente y Guerrero
Como dijo Joaquín Costa, «Aragón se define por el Derecho». Aunque actualmente nos regimos también por otros sistemas jurídicos, persiste un Derecho enraizado en los fueros (Derecho civil foral) que tiene un papel fundamental en la historia de Aragón.
Las leyes y normas generales de todo tipo a aplicar en el reino de Aragón estaban contenidas en los Fueros (compilados en 1247) que, junto a las Cortes, el Justicia y la Diputación del Reino (denominaciones que coinciden con instituciones de nuestra actual comunidad autónoma), forman parte de la identidad aragonesa.
En los siglos siguientes a la compilación de los Fueros de Aragón, el rey y las Cortes aprobaron y promulgaron otros fueros que se iban incorporando a los anteriores. Con los Decretos de Nueva Planta (1707-1711) desapareció el Derecho aragonés en lo político, administrativo, penal… pero el Derecho civil propio (algo que por otra parte es mucho más que las leyes: es también la costumbre y está compuesto de conductas, decisiones y relaciones personales) siguió vigente, aunque ya no hubiese Cortes que pudieran seguir promulgando Fueros, ni un Justicia que los interpretase.
Contexto: Genealogía de los reyes de Aragón
Textos de historia del derecho aragonés y bibliografía
Recursos en red:
- Biblioteca Virtual de Derecho Aragonés (BIVIDA), con ediciones clásicas de textos de Derecho aragonés y muchas obras modernas.
- En esta misma web, la Exposición on line que Rolde de Estudios Aragoneses preparó para el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros con motivo del 750 Aniversario de las Cortes que en esa ciudad consolidaron la institución del Justicia en 1265.
- En las páginas de actuales instituciones de nuestra comunidad autónoma, se recogen elementos de sus antecedentes históricos: