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Asociación Declarada de Utilidad Pública

La Asociación Cultural Rolde de Estudios Aragoneses, nacida en Zaragoza en 1977 y dedicada desde entonces al estudio y difusión de la cultura aragonesa fue declarada de Utilidad Pública por Orden del Ministerio del Interior de fecha 29 de julio de 1997.

En la actualidad, esa consideración se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en sus artículos 32 a 36. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, y más en concreto en su artículo 129, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (incluidas entre tales entidades las fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y organizaciones no gubernamentales de desarrollo), los donativos, donaciones y aportaciones efectuadas por personas físicas o jurídicas a esta Asociación gozan en 2024 (tras posteriores actualizaciones) de los siguientes incentivos:

  1. Personas físicas. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el 80 por 100 de la base de la deducción (sobre los primeros 250 euros, y el 40% a partir de ahí). Aquí se incluyen (Artículo 17) los donativos y donaciones dinerarios, de bienes o de derechos, y las CUOTAS de afiliación (atención: se entienden como excluidas las suscripciones).
  2. Personas jurídicas. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades (Artículo 20) tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra minorada en las deducciones y bonificaciones previstas en los capítulos II, III y IV del Título VI de la Ley 43/1995 de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, el 40 por 100 de la base de la deducción (base que no podrá exceder del 15 por 100 de la base imponible del periodo impositivo: las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos).
  3. Colaboración empresarial. Además de lo previsto en el apartado anterior (personas jurídicas) pueden establecerse convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general (Artículo 25). A través de este convenio, y a cambio de una ayuda económica para la realización de sus fines, REA se compromete por escrito a difundir la participación del colaborador en dicha actividad. Las cantidades satisfechas o gastos realizados tendrán la consideración de gastos deducibles para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades para la entidad colaboradora.

Así pues, si te haces socio/a de REA, podrás deducir un 80% de la cuota en tu próxima declaración del IRPF.

Además, te ofrecemos la posibilidad de colaborar en la difusión de nuestra cultura, ya a través de actividades concretas, ya mediante el patrocinio de determinadas ediciones de libros o revistas, o ya por medio de la coedición de publicaciones.

Si alguna de ellas es de tu interés, te puedes poner en contacto con nosotros (correo e- coordinacion@roldedeestudiosaragoneses.org),o bien efectuando directamente el ingreso en la cuenta ES64 0049 0398 3127 1140 5033 de Banco Santander. El justificante de ingreso será documento suficiente para practicar la deducción en el correspondiente impuesto.

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